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LEGISLACIÓN LABORAL: LEYES, DECRETOS, RESOLUCIONES, ETC.

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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

LINKS SOBRE DISTINTAS LEYES LABORALES DE LA NACIÓN ARGENTINA

 

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SRT - SUPERINTENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

 

 

LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

LRT

N° 24557

 

LEY DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO N° 19587

 

DECRETO REGLAMENTARIO N° 351/79

decreto

 

LEY N° 19587 - DECRETO N° 351/79

RESOLUCIÓN N° 295/2003

 

DECRETO 1338/96

SERVICIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

 

Decreto 249/2007

Apruébase el "Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Minera"

 

Decreto N° 911/96

HIGIENE Y SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN

 

Decreto N° 617/97

HIGIENE Y SEGURIDAD

ACTIVIDAD AGRARIA

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS)

Resolución 801/2015

Bs. As., 10/4/2015

etiquetado

 

GUÍA PRÁCTICA IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE ERGONOMÍA DE LA RESOLUCIÓN SRT N° 886/15

886SRT

 

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

CNTA

 

CYMAT

CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y TRABAJO - CÓRDOBA

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución Nº 771/2013

Bs. As., 24/4/2013

programacion anual

 

Aclaración desdeEducación, Ambiente y Trabajo -EAyT

 

Si bien los enlaces dirigen a los sitios de los textos de normativas, leyes, decretos, resoluciones, etc. es responsabilidad de quién utilice este sitio verficar todo lo concerniente a ellos y si no han sufrido modificaciones, que puedan haberse realizado por parte de los poderes competentes en legislación laboral.

 

 

 

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Normas Legales Vigentes sobre Salud y Seguridad en el Trabajo Introducción

 

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Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS) en el ámbito laboral

 

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 3359/2015

Bs. As., 29/09/2015

VISTO el Expediente N° 148.841/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557, N° 26.773, los Decretos N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996, N° 617 de fecha 7 de julio de 1997, N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007, las Resoluciones S.R.T. N° 3.117 de fecha 21 de noviembre de 2014, N° 801 de fecha 10 de abril de 2015, N° 2.288 de fecha 05 de agosto de 2015, y

CONSIDERANDO: CONTINÚA

 

 

GUÍA PRÁCTICA PARA LA

IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE

ERGONOMÍA: RESOLUCIÓN de la S.R.T

N° 886/2015

 

resolución 886

Vínculo a la Guía: ERGONOMÍA

 

S.R.T.: PUBLICACIONES

 

La identificación de factores de riesgo es un paso fundamental de la implementación ergonómica. Sólo se trata de una etapa de observación y reconocimiento, teniendo en cuenta los principios básicos de ergonomía física tales como esfuerzo, posturas forzadas, movimientos repetitivos, vibraciones, confort térmico, bipedestación prolongada y estrés de contacto. Se podrá encontrar mayor información al respecto en un Cuadernillo introductorio a la ergonomía que se publicará en la página web SRT.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Resolución 886/2015 Bs. As., 22/4/2015

 

ENLACE AL SITIO DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

LEYES

 

 

http://www.trabajo.gov.ar/infogeneral/legislacion.asp

 

LEGISLACIÓN COMPARADA SOBRE "PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN

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ENLACE AL INSTITUTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE ESPAÑA

INSHT

 

 

ANÁLISIS DE LA LEGISLACIÓN
SOBRE RUIDO Y VIBRACIONES

 

Imagen del sitio:

http://manejo-de-la-contaminacion-auditiva.blogspot.com/


Federico Miyara


1. Generalidades


"Existen varios tipos de legislación y normativa en relación con el ruido, algunas de las cuales se refieren específicamente al ruido, y otras lo incluyen como parte de una problemática más amplia.
En primer lugar está la legislación laboral, que protege directa o indirectamente al trabajador, para lo cual regula los niveles de exposición a ruidos (procurando limitarlos a valores seguros) así como las posibles medidas de prevención. Luego existen las disposiciones ambientales, que protegen a la comunidad, y establecen límites en general muy inferiores a los de las laborales, ya que contemplan por ejemplo la tranquilidad y el descanso y no sólo la salud auditiva. En tercer lugar se encuentran los reglamentos de habilitación, que enfocan los permisos para diversas actividades que involucren la producción de ruido, como el transporte o los espectáculos. Por último, existe una serie de normas y recomendaciones emitidas por comités técnicos especializados pertenecientes a organismos nacionales e internacionales, que si bien no alcanzan el rango de disposiciones legales suelen ser adoptadas en leyes, ordenanzas o reglamentos debido a la autoridad técnica de la entidad en que se originan.
En lo que sigue comentaremos y analizaremos algunos ejemplos importantes de cada una de estas categorías. Debe advertirse que por no ser esta una obra referida específicamente a legislación, se han seleccionado sólo unos pocos aspectos técnicos y conceptuales que, a juicio del autor, están vinculados con el control del ruido o las vibraciones. Se incluye un apéndice con un modelo de anteproyecto de ordenanza sobre ruido y vibraciones.


2. Legislación laboral


En la República Argentina existen dos leyes laborales que incluyen in extenso la cuestión del ruido: la Ley Nº 19.587/72, de Higiene y Seguridad en el Trabajo, con su decreto reglamentario Nº 351/79, y la Ley Nº 24.557/95, de Riesgos del Trabajo, que va acompañada por los decretos reglamentarios Nº 170/96 y Nº 333/96, la Resolución Nº 38/96 SRT y el Laudo Nº 156/96 MTSS. Estas leyes protegen directa o indirectamente al trabajador y establecen límites de exposición a ruidos y vibraciones.


2.1. Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo


Esta ley, Nº 19.587, fue promulgada el 21/4/72 (fecha posteriormente declarada como Día Anual de la Higiene y Seguridad en el Trabajo), y reglamentada inicialmente por el decreto Nº 4160/73, posteriormente sustituido por el decreto 351/79. La filosofía
central de esta ley queda establecida en su artículo 4, que expresa textualmente:


“Art. 4. La higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas técnicas y
medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan
por objeto:
a) Proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores.
b) Prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o
puestos de trabajo.
c) Estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de
los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral


Se cubren por lo tanto tres aspectos: protección, prevención, y concienciación. Estos aspectos son aplicables a cada uno de los rubros en los que exista algún riesgo para el trabajador, en particular el referido a ruidos y vibraciones"(...) CONTINÚA)

ENTRECOMILLADO DEL SITIO:

http://www.eie.fceia.unr.edu.ar/~acustica/biblio/legis.pdf

 

LEVANTAMIENTO DE CARGAS

Las situaciones de levantamientos de cargas se presentan en muchos Puestos de Trabajo. Por falta de una correcta educación laboral, se generan accidentes y enfermedades profesionales. En nuestra Legislación Nacional, la Resolución del MTESS N° 295/03, trata sobre el tema. Además existen distintos métodos que se utlizan para evaluar las situaciones que se presentan: uno de ellos es el MÉTODO DE LA NIOSH.

 

Imagen del sitio:

seguridad y salud laboral venezuela

http://seguridadysaludlaboralvzla.blogspot.com/2010/03/manejo-y-levantamiento-de-cargas.html

REPÚBLICA ARGENTINA

RESOLUCIÓN MTESS Nº 295/03 – ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ERGONOMÍA


La Ergonomía es el término aplicado al campo de los estudios y diseños como interfase entre el hombre y la máquina para prevenir la enfermedad y el daño mejorando la realización del trabajo.
Intenta asegurar que los trabajos y tareas se diseñen para ser compatibles con la capacidad de los
trabajadores.
En los valores límites para las vibraciones mano-brazo (VMB) y del cuerpo entero (VCE) se consideran, en parte, la fuerza y la aceleración. En los valores límites para el estrés por el calor se consideran, en parte, los factores térmicos.
La fuerza es también un agente causal importante en los daños provocados en el levantamiento manual de cargas.
Otras consideraciones ergonómicas importantes son la duración del trabajo, los trabajos repetitivos, el estrés de contacto, las posturas y las cuestiones psicosociales.

TODA LA RESOLUCIÓN MTESS N° 295/03 - anexo I

 

 

CLICK SOBRE LA IMAGEN ENLACE A SITIO DE LA LEGISLACIÓN LABORAL DE ARGENTINA Y OTROS PAISES

VITRUVIO

 

DEL SITIO:

ILO

C155 - Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155)

Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo (Entrada en vigor: 11 agosto 1983)Adopción: Ginebra, 67ª reunión CIT (22 junio 1981) - Estatus: Instrumento actualizado (Convenios Técnicos).

ENLACE A CONVENIO C 155 DE LA ILO

C187 - Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187)

Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo (Entrada en vigor: 20 febrero 2009)Adopción: Ginebra, 95ª reunión CIT (15 junio 2006) - Estatus: Instrumento actualizado (Convenios Técnicos).

ENLACE A CONVENIO C 187 DE LA ILO

 

OTROS CONVENIOS

Convenios

http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:12000:0::NO:::

Nota : Los Convenios retirados o dejados de lado no están abiertos a ratificación.

 

Argentina

ESCUDO

Miembro de la OIT: 1919 - Región OIT: América - Lengua de correspondencia con la OIT: Español

SITIO ILO SOBRE ARGENTINA

 

 

 

 

EAyT EDUCACIÓN, AMBIENTE Y TRABAJO

CIUDAD DE VILLA CARLOSPAZ- VALLE DE PUNILLA

PROVINCIA DE CÓRDOBA

REPÚBLICA ARGENTINA

 

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